No hay fecha límite para reclamar los gastos hipotecarios

Irene Gil AL DÍA

OPINIÓN

Santi M. Amil

28 abr 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

Batacazo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a la banca española en materia de cláusulas abusivas. Hasta ahora, los tribunales tenían un criterio dispar sobre cuál era el plazo con el que contaban los consumidores para reclamar los gastos de formalización en los préstamos hipotecarios. Unos juzgados consideraban que la reclamación estaba sujeta a un plazo de prescripción, de cinco años, a contar desde el momento de la firma del préstamo; otros se inclinaban por considerar que, por tratarse de gastos impuestos en cláusulas abusivas, no había límite temporal en la reclamación; y algunos tribunales adoptaban posturas intermedias, fijando como fecha de inicio las sentencias del TJUE del 9 de julio de 2020 o 16 de julio del 2020.

 En la sentencia dictada el pasado jueves, el TJUE ha zanjado el debate y ha manifestado que el plazo prescripción para reclamar los gastos hipotecarios no comienza hasta que la cláusula del contrato que impone al consumidor asumir esos gastos es declarada nula por un juez por abusiva. No es hasta ese momento cuando, en palabras del TJUE, el consumidor «tiene un conocimiento cierto» de la abusividad de la cláusula y, en consecuencia, «es desde esa fecha cuando está en condiciones de hacer valer eficazmente sus derechos».

En la práctica, esto tendrá como consecuencia que los consumidores podrán reclamar a las entidades bancarias, sin límite temporal, los gastos hipotecarios que indebidamente tuvieron que asumir, pues la declaración de nulidad de una cláusula abusiva es imprescriptible y lo habitual es que la solicitud de nulidad y la reclamación de las cantidades se gestione a través de una única demanda judicial.

Por tanto, queda fuera de juego el famoso 23 de enero del 2024, que era la fecha que hasta ahora se consideraba por algunos como límite para presentar las reclamaciones, y los consumidores podrán seguir reclamando a sus bancos la totalidad de los gastos de inscripción del préstamo hipotecario en el Registro de la Propiedad, de tasación de la vivienda y de gestoría, y la mitad de los gastos de notaría, así como los intereses legales desde su pago. Y se espera un nuevo aluvión de demandas derivado de la sentencia del TJUE, y que amplía las expectativas de miles de consumidores.